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Espacios protegidos

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  • Espacios Naturales Protegidos

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tienen la consideración de Espacios Naturales Protegidos aquellos «espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

    • Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.
    • Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

    La Legislación estatal prevé cinco figuras de protección (Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos); la legislación autonómica relativa a la conservación de la naturaleza incrementa las denominaciones elevando la tipología de espacios naturales a más de 40.

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  • Red natura 2000

    La Directiva de Hábitat 92/43/CEE obliga a todos los Estados Miembros de la Unión Europea a entregar una lista nacional de lugares de importancia comunitaria según sus Anexos, la cual, en sucesivas fases, se transformará a Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y después en Zonas de Especial Conservación (ZEC). Tales ZEC, junto con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforman la futura Red Natura 2000.

    Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
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Nombre Figura de protección Descripción
Poche de Txintxurrenea Reservas Naturales
(Categoría UICN: Área de gestión de hábitats/especies)
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Roble de El Bocal Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Roble de Jauntsarats I Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Roble de Jauntsarats II Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Roble de Garaioa Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Roble de Eltzaburu Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Robledales de Ultzama y Basaburua Paisajes Protegidos
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Abetos de Leitzalarrea Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
Conjunto de 53 abetos de gran porte, procedentes de un vivero creado para uso forestal. En aquella época, los vecinos estaban obligados a plantar 10 árboles por cada uno talado. Los abetos no llegaron a transplantarse, con lo que han crecido libremente. (http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Patrimonio+natural/Monumentos+naturales.htm)
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Tejo de Etxalar Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Robles de Irañeta Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Roble de Santa Isabel Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Nogal de Melida Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Acebo de Bera Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
De tronco bajo, ancho y recto y copa globosa y equilibrada, su altura, diámetro del tronco y tamaño de copa alcanzan dimensiones espectaculares. Estas singularidades, entre otras cuestiones, son las que llevaron a este ejemplar a ser incluido en 2009 el Catálogo de Monumentos Naturales de Navarra. (http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Patrimonio+natural/Monumentos+naturales.htm)
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Arce de Lezaun Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
Árbol de grandes dimensiones si se compara con otros de su especie. A dos metros de altura el tronco se divide en seis ramas que forman una amplia copa. (https://www.navarra.es/NR/rdonlyres/97AB6700-233B-4986-8A2F-A596B8AF6249/164093/MN34ArcedeLezaun.pdf)
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Encina de Basaura Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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A continuación, se ofrecen distintos enlaces de descarga de la cartografía en formato Shapefile.

Si lo desea puede descargar la cartografía completa de los distintos grupos de Espacios protegidos:

O también tiene la opción de descarga, en el mismo formato, de la selección aplicada en los filtros de su izquierda:

El sistema de referencia nativo de los datos es WGS 84 (CRS84) en coordenadas geográficas -  EPSG 4326.

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