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Espacios protegidos

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  • Espacios Naturales Protegidos

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tienen la consideración de Espacios Naturales Protegidos aquellos «espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

    • Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.
    • Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

    La Legislación estatal prevé cinco figuras de protección (Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos); la legislación autonómica relativa a la conservación de la naturaleza incrementa las denominaciones elevando la tipología de espacios naturales a más de 40.

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  • Red natura 2000

    La Directiva de Hábitat 92/43/CEE obliga a todos los Estados Miembros de la Unión Europea a entregar una lista nacional de lugares de importancia comunitaria según sus Anexos, la cual, en sucesivas fases, se transformará a Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y después en Zonas de Especial Conservación (ZEC). Tales ZEC, junto con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforman la futura Red Natura 2000.

    Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
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Nombre Figura de protección Descripción
Playa de Gulpiyuri Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
La Playa de Gulpiyuri es una dolina desarrollada sobre una sima marina, en la que el mar penetra por las galerías subterráneas y ha creado una pequeña playa arenosa, utilizable en la bajamar y que asemeja una piscina de aguas marinas durante la pleamar. A pesar de su diminuto tamaño, se trata de una singularidad geomorfológica de primer orden, una playa sin mar situada cien metros tierra adentro. (https://naturalezadeasturias.es/espacios/accede/protegidos/)
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Playa de Frexulfe Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
El ámbito del Monumento Natural comprende la playa con su sistema dunar y parte de los acantilados que la bordean, así como el estuario que se forma en la desembocadura del río Frexulfe. (https://naturalezadeasturias.es/espacios/accede/protegidos/)
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Playa de Cobijeru Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
El complejo de Cobijeru se sitúa tres km al oeste de la localidad de Buelna, en el municipio de Llanes y constituye uno de los elementos geomorfológicos más singulares de la costa oriental Asturiana. El Monumento Natural comprende la depresión en que se encuentra la playa de Cobijeru o de Las Acacias, la depresión conocida como playa de El Molín, situada al oeste de la anterior, la cueva de Cobijeru, el entorno inmediato de ambas depresiones kársticas y el tramo de acantilado que por el norte separa la línea costera. (
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Red de Toneyu Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
El desarrollo vertical de la Red de Toneyu es moderado en comparación con el resto de grandes simas de los Picos de Europa, sólo seiscientos metros. Sin embargo, sus 19 km de desarrollo total lo configuran como el más largo de la Región. (https://naturalezadeasturias.es/espacios/accede/protegidos/)
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Redes Otros Parques
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
El Parque de Redes es un territorio de montaña de escarpado relieve, con variaciones de altitud que van de los 2.104 m de la cumbre del Pico Torres a los 350 m del río Nalón en su punto más bajo. (https://naturalezadeasturias.es/espacios/accede/protegidos/)
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Saucedas de Buelles Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
El Monumento Natural comprende las saucedas que bordean las dos márgenes del río Deva, en el tramo de río situado entre las localidades de El Mazu, Narganes y Buelles, en el concejo de Peñamellera Baja, incluyendo las saucedas y fragmentos de alisedas de la orilla, las playas de cantos y los taludes que se encuentran en ambas margenes y el mismo cauce o lecho menor del río. (https://naturalezadeasturias.es/espacios/accede/protegidos/)
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Ría de Villaviciosa Reservas Naturales
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
Estuario de gran valor ambiental, situado en la costa atlántica, ubicada en su totalidad en el concejo de Villaviciosa, Asturias. Las características de la vegetación de este estuario son únicas entre las rías de la Región, destacando la presencia de importantes extensiones de comunidades vegetales halófilas, algunas de las cuales son consideradas hábitat prioritarios. (https://naturalezadeasturias.es/espacios/accede/protegidos/)
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Las Ubiñas-La Mesa Otros Parques
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
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Ruta del Alba Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Conjunto Lacustre de Somiedo Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Cueva Deboyo Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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El Tabayón de Mongayo Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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El Cachucho Áreas Marinas Protegidas
(Categoría UICN: Área protegida manejada)
Gran montaña submarina que se eleva bruscamente desde los más de 4000 m de profundidad de la llanura abisal del golfo de Vizcaya hasta los 425 metros de su cumbre. Se localiza en el mar Cantábrico, en la plataforma continental, a unos 65 Km. De la costa asturiana de Ribadesella, y se encuentra separado por una cuenca interna. Su fauna está compuesta por especies típicas de las montañas submarinas oceánicas y otras propias de los fondos de la plataforma. (
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Espacio marino de la Ría de Mundaka-Cabo de Ogoño Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su
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Costa Vasca Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico
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A continuación, se ofrecen distintos enlaces de descarga de la cartografía en formato Shapefile.

Si lo desea puede descargar la cartografía completa de los distintos grupos de Espacios protegidos:

O también tiene la opción de descarga, en el mismo formato, de la selección aplicada en los filtros de su izquierda:

El sistema de referencia nativo de los datos es WGS 84 (CRS84) en coordenadas geográficas -  EPSG 4326.

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