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Espacios protegidos

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  • Espacios Naturales Protegidos

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tienen la consideración de Espacios Naturales Protegidos aquellos «espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

    • Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.
    • Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

    La Legislación estatal prevé cinco figuras de protección (Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos); la legislación autonómica relativa a la conservación de la naturaleza incrementa las denominaciones elevando la tipología de espacios naturales a más de 40.

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  • Red natura 2000

    La Directiva de Hábitat 92/43/CEE obliga a todos los Estados Miembros de la Unión Europea a entregar una lista nacional de lugares de importancia comunitaria según sus Anexos, la cual, en sucesivas fases, se transformará a Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y después en Zonas de Especial Conservación (ZEC). Tales ZEC, junto con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforman la futura Red Natura 2000.

    Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
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Nombre Figura de protección Descripción
Secuoya del Parque de Monterron Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Pino Piñonero de Lantaron Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Gaztelugatxe Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Roble de Ondategi Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Roble de Igara Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Roble de Altube Monumentos Naturales
(Categoría UICN: Monumento natural)
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Archipielago de Cabrera Zona Especialmente Protegida de Importancia para el Mediterraneo
(Categoría UICN: No aplica)
Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), son un conjunto de espacios costeros y marinos protegidos que garantizan la pervivencia de los valores y recursos biológicos del Mediterráneo. Contienen ecosistemas típicos de la zona mediterránea o hábitat de especies en peligro que tengan un interés científico, estético o cultural especial. Se declaran al amparo del Convenio para la protección del medio marino y la región costera del Mediterráneo (Barcelona, 1976). Dentro de él se enmarca el Protocolo sobre Zonas Especialmente
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Aizkorri-Aratz Otros Parques
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
El área de Aizkorri-Aratz se caracteriza por un relieve abrupto, principalmente de calizas. Los fenómenos cársticos son una de las características mas importantes del paisaje y cuenta con una extensa red de escorrentía subterránea formando gran cantidad de cavidades subterráneas. (https://www.gipuzkoa.eus/es/web/mendiak-eremunaturalak)
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Armañón Otros Parques
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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S'Albufera de Mallorca Humedal de Importancia Internacional (Convenio de Ramsar)
(Categoría UICN: No aplica)
S'Albufera de Mallorca. 05/12/89; Baleares; 1.700 ha; 39°49'N 003°07'E. Directiva CE sobre Zonas de Protección Especial; Parque Natural, Refugio de Caza. Una extensa marisma de agua dulce, muy sedimentada, de densos carrizales, separada del mar por una barra dunar que soporta el matorral. La marisma se alimenta de escorrentía superficial y aguas subterráneas y es diseccionada por una red de antiguos diques de riego y canales bordeados de bosques y matorrales. El área es de importancia internacional para la reproducción, puesta en escena e invernada de varias
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Tramo Litoral Deba-Zumaia Paisajes Protegidos
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Meatzaldea - Zona Minera de Bizkaia Paisajes Protegidos
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Diapiro de Añana Paisajes Protegidos
(Categoría UICN: Paisaje terrestre y marino protegido)
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Urdaibai Otras figuras
(Categoría UICN: Área de gestión de hábitats/especies)
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Salinas de Ibiza y Formentera Humedal de Importancia Internacional (Convenio de Ramsar)
(Categoría UICN: No aplica)
Salinas de Ibiza y Formentera. 30/11/93; Baleares; 1.640 ha; 38°46'N 001°26'E. Zona de Protección Especial de la Unión Europea; Reserva Natural, Área Natural de Especial Interés. El sitio consta de varios hábitats mediterráneos, como islas, lagunas costeras y un complejo de salinas. La vegetación está constituida por comunidades halófitas y matorrales de Juniperus. El área es importante para varias especies de aves acuáticas migratorias y de anidación. Sitio Ramsar Nº 641. Información más reciente de la FIR: 1999.(https://rsis.
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Si lo desea puede descargar la cartografía completa de los distintos grupos de Espacios protegidos:

O también tiene la opción de descarga, en el mismo formato, de la selección aplicada en los filtros de su izquierda:

El sistema de referencia nativo de los datos es WGS 84 (CRS84) en coordenadas geográficas -  EPSG 4326.

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